DERECHO DE LA INFORMÁTICA
EQUIPO: 5 TEMA: DERECHO
INFORMATICO
1.-
¿DE DONDE PROVIENE EL ORIGEN DE DERECHO INFORMÁTICO?
R= El término Derecho Informático
(Rechtsinformatik) fue acuñado por el Dr. Wilhelm Steinmüller, académico de la
Universidad de Ratisbona de Alemania, en los años 1970.
2.-
¿DEFINE EL CONCEPTO DE DERECHO INFORMÁTICO?
R=El
derecho informático de define como conjunto, principios y normas que regulan
los efectos jurídicos nacidos de la interrelación entre derecho y la
informática.
3.-
¿MENCIONA EL OBJETO Y MÉTODO DE DERECHO INFORMÁTICO?
R= El Derecho Informático es una nueva
disciplina Jurídica que tiene como objeto inmediato de estudio la informática y
como objeto mediato la información. Su método científico se caracteriza por
desarrollar las instituciones jurídicas informáticas e interrelacionarlas
sistemáticamente con la realidad; así, se tiene que los problemas derivados del
software, de la información computarizada, del hardware, firmware, shareware y
otros bienes, son tratados desde sus distintos alcances en el ordenamiento
legal, buscando coherencia y tratamiento integral.
4.-
¿MENCIONA UNA CARACTERÍSTICA DEL DERECHO INFORMÁTICO?
R=
Características • Es un Derecho moderno, en comparación con otras ramas
tradicionales del Derecho, que tiene sus orígenes en los problemas generados
por la Implementación de la computadora en la sociedad. Se recordará que el
impulso y posterior desarrollo de las computadoras data de los años 50 del
siglo XX.
•
Es un Derecho íntimamente influenciado por las tecnologías en general, debido a
que éstas han permitido un desarrollo sostenido de la computadora y su entorno,
por ejemplo, en la actualidad se tienen una serie de problemas jurídicos
generados por el uso de Internet en las diversas actividades de las personas.
•
Es un Derecho que se encuentra ligado al proceso de globalización, por lo que
el jurista se encuentra obligado a resolver el problema del juez competente, el
mismo que debe conocer y dar solución a determinado caso concreto, debiendo
asimismo, analizar todo aquello que esté relacionado con la ley aplicable a
cada situación en particular.
•
Es un Derecho que necesariamente debe ser legislado en leyes especiales, debido
a que su objeto de estudio, así como sus formas de regulación son muy
dinámicas.
•
Es un Derecho autónomo, con instituciones propias que se encarga de brindar
soluciones legales a los problemas planteados por el avance científico en el
ámbito de su competencia. Es importante indicar, que conforme transcurre el
tiempo surgen nuevas dificultades legales no previstas por el jurista, el
legislador o el juez, pero que el Derecho informático permite solucionar, hecho
que refuerza y sustenta la característica en mención.
5.-
¿CON QUE OTRAS RAMAS DEL DERECHO SE RELACIONA EL DERECHO INFORMÁTICO?
Con
el Derecho Constitucional
El
Derecho Informático tiene una estrecha relación con el Derecho Constitucional,
por cuanto la forma y maneja miento de la estructura y órganos fundamentales
del Estado, es materia constitucional. De allí, que se debe resaltar que dicho
maneja miento y forma de controlar la estructura y organización de los órganos
del Estado, se lleva a cabo por medio de la Informática, colocando al Derecho
Informático en el tapete, porque con el debido uso que se le den a estos
instrumentos informáticos, se llevará una idónea, eficaz y eficiente
organización y control de estos entes. De lo que se puede desprender una serie
de relaciones conexas con otras materias como sería el caso del Derecho
Tributario y el Derecho Procesal.
Con
el Derecho Penal
·
En este punto se nota una estrecha relación entre el Derecho Informático
y el Derecho Penal, porque el Derecho Penal regula las sanciones para
determinados hechos que constituyen violación de normas del Derecho y en este
caso del Derecho Informático, en materia del delito cibernético o informático,
entonces se podría comenzar a hablar del Derecho Penal Informático.
Con los Derechos Humanos
Los Derechos humanos, indispensables para defender los Derechos
fundamentales del hombre, tales como el de la vida, el de la igualdad, el
respeto moral, vida privada e intimidad que llevan al hombre a ser dignos y por
consiguiente a tener dignidad, con lo que permite catalogar a las personas como
íntegras, conviviendo en ambiente de respeto, de libertad y haciendo posible
sociedades verdaderamente civilizadas.
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